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Preguntas y Respuestas 

Esta Sección tiene por objetivo dar respuesta de dudas enviadas a través de las redes, página web, correo (pcv_mantiklc@gmail.com) y whatsapp (56 37 96 62 92), del Proceso de Consulta Vecinal del proyecto MANTIK PEDREGAL Luis Cabrera, así como las recabadas en los módulos informativos y receptores de opinión.

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Consulta preguntas y respuestas frecuentes sobre el proyecto MANTIK PEDREGAL Luis Cabrera

¿CÓMO SE VERÁ AFECTADO EL ABASTO DE AGUA PARA LA COLONIA JARDINES DEL PEDREGAL, CON LA CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO CONJUNTO DE VIVIENDAS? Y ¿CÓMO LO VAN A SOLUCIONAR?

Durante la operación del proyecto, se prevé el requerimiento de 408.28 m3 de agua potable al día; por lo cual, el proyecto contempla la instalación de dispositivos de ahorro o bajo consumo de agua potable como son regaderas de flujo limitado, lavamanos y grifos de contacto, cajas o tanques de sanitarios de capacidad reducida. Asimismo, contará con la instalación de un Sistema Alternativo de Captación y Aprovechamiento de Agua Pluvial; mediante el cual, serán captados 180.21 m3 al día de agua proveniente de las lluvias para que sea utilizada para los servicios de alimentación al sistema contra incendio, el servicio de los muebles sanitarios y mingitorios, lavado de autos y riego de áreas verdes.

De igual manera, se contempla la instalación y operación de una Planta de Tratamiento de Agua Residuales para tratar de 79.90 m³ al día de agua residual para que sea utilizada en aquellas actividades que no requieran contacto humano. Así, el proyecto buscará en todo momento que los usuarios reduzcan el consumo de agua potable, utilizando las alternativas antes enlistadas.

 

¿CÓMO SE VERÁ AFECTADA LA MOVILIDAD EN LA ZONA, PARTICULARMENTE SOBRE LA LATERAL DE PERIFÉRICO, LOS ACCESOS A CARRILES CENTRALES Y SOBRE LAS VIALIDADES PRINCIPALES Y SECUNDARIAS DE LA COLONIA JARDINES DEL PEDREGAL? Y ¿CÓMO SERÁ SOLUCIONADA ESA AFECTACIÓN?

La capacidad del periférico, como vía principal, puede absorber el volumen vehicular adicional que el proyecto aportará a este por lo tanto el nivel de servicio* de esta vía no será perceptible. Asimismo, las vías locales y secundarias no recibirán afectación debido a que el acceso del proyecto se encuentra sobre periférico y no hay acceso hacia el interior de la colonia. Aunado a lo anterior, se consideran las medidas de integración pertinentes.

La principal afectación a la movilidad se dará durante la etapa de construcción del proyecto, misma que será temporal, realizando medidas de atención para los impactos durante esta etapa en coordinación con la SEMOVI.

 

*Nivel de servicio: Es una medida cualitativa que describe las condiciones de operación del flujo de tránsito y de su percepción por conductores y/o pasajeros, de acuerdo a factores como la velocidad, tiempo de recorrido, libertad de maniobra, interrupciones del tránsito, comodidad, conveniencia y seguridad vial.

¿POR QUÉ NO HAY MEDIDAS DE ATENCIÓN A LOS IMPACTOS DE MOVILIDAD?

El proyecto sí cuenta con medidas de atención a los impactos de movilidad, las cuales se enlistan a continuación:

Para la etapa de preparación del sitio y construcción:

- La circulación de la maquinaria en la Ciudad de México, se limitará al traslado del vehículo al lugar donde será utilizado, según el artículo 49 del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.

- Los conductores de vehículos motorizados deberán acatar los programas ambientales y contar con su programa de verificación y planificación previa de las rutas de traslado.

- Los vehículos que carguen o descarguen materiales podrán realizar sus maniobras en la vía pública durante los horarios que autorice la alcaldía, mismos que serán visibles en el letrero de la obra a que hace referencia el artículo 35 fracción VI del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal; y se apegará a lo que disponga al efecto el Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.

Para la etapa de operación del proyecto:

- Instalación de 147 biciestacionamientos para ofrecer a los habitantes una vía alterna de transporte.

- Controlar el estacionamiento de autos frente al predio, mediante señalización restrictiva de no estacionar.

- Señalizar la entrada y salida del desarrollo como manera preventiva de circulación.

- La velocidad promedio de la calle Nube y Av. De la Luz es menor a 30 km/hora por lo tanto se considera la instalación de señalamiento que regule esta velocidad

- Instalar señalamiento de paso de peatón/ciclista

- Reforzamiento de la señalización horizontal, delimitar pasos peatonales, carriles ciclistas línea de alto y flechas de sentido de circulación.

¿CUÁL ES EL STATUS LEGAL DEL PREDIO, EN CUANTO A LA DIVISIÓN CON EL CONJUNTO DE EDIFICIOS EXISTENTES: HABITADOS Y DESHABITADOS?

En el año 1984, el propietario anterior del predio donde se localizará el proyecto, adquiere el condominio identificado como una fracción de terreno de los antiguos Ranchos Ansaldo y Contreras, con una superficie de 19,114.00 m², compuesta por seis torres, tres construidas (A, B y C) y tres más por construir (D, E y F).

En marzo del año de 1985, fue acordado ante la asamblea de condóminos, que no se llevaría a cabo la construcción de las torres “D”, “E” y “F”. En el mismo año, es realizada la protocolización de subdivisión del predio, resultando dos lotes del terreno que correspondía al predio 3380.

En el año 2013, se realiza el acto protocolario correspondiente al acta de levantamiento físico catastral, derivando el actual número oficial de 3400 de Boulevard Adolfo Ruiz Cortínez, Col. Jardines del Pedregal, Delegación Álvaro Obregón (ahora Alcaldía) y delimitando la superficie de 8,789.60 m².

Posteriormente, en el año 2016, el predio es adquirido por el presente propietario, en el cual se disponen los antecedentes necesarios para comprender que el predio no ha sido objeto de modificación y no ha desarrollado su potencial constructivo desde por lo menos 37 años atrás.

 

¿QUÉ VA A PASAR CON LOS EDIFICIOS EXISTENTES DESHABITADOS?

Se desconoce el estado jurídico de la posesión del predio.

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y JURÍDICO QUE PERMITE UNA CONSTRUCCIÓN DE ESTAS DIMENSIONES: NÚMERO DE NIVELES Y NÚMERO DE VIVIENDAS?

Se constituyó el Polígono de Actuación para el predio mediante el Dictamen con folio SEDUVI/DGOU/D-POL/002/2021; mediante el cual, se otorgó el incremento de 15 niveles a 31, niveles de conformidad con lo señalado en el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano vigente:

“Para la ejecución de proyectos a través de los polígonos de actuación, la Secretaría, sin incrementar la intensidad máxima de construcción permitida en el predio o predios involucrados, podrá llevar a cabo la relocalización de los usos y destinos del suelo, el aumento o disminución de alturas y áreas libres definiendo nuevos Coeficientes de ocupación del suelo y Coeficientes de utilización del suelo, la densidad y el número de viviendas…”

Asimismo, el número de viviendas depende de la superficie de construcción habitable del proyecto ajustándose al Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.

Conocer si se verificó que el predio no se encuentra dentro de los límites del pueblo de San Jerónimo Aculco y que no se requiere un proceso de consulta indígena para la aprobación del proyecto.

El Proceso de Consulta Vecinal para grandes construcciones de la Ciudad de México (PCV), NO es una votación. El PCV es un instrumento de democracia deliberativa, que forma parte de la evaluación ambiental bajo las atribuciones de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México (SEDEMA). No sustituye ni trasgrede otros instrumentos, ni atribuciones de otras dependencias. Es un instrumento de evaluación dentro de las atribuciones de la SEDEMA.

Presentación Institucional SEDEMA 

Poligonal del predio (3400 de Boulevard Adolfo Ruiz Cortínez)

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Fuente: Información proporcionada por el promovente.

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